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​​Declaración y no pago de cotizaciones : Documento en el cual el empleador declara y se compromete a cancelar las cotizaciones del trabajador, en un plazo máximo de 180 días desde que se presenta la declaración.


Declaración y pago de cotizaciones : Documento con el cual el Empleador declara la Remuneración Imponible del Trabajador, identificado con nombre y RUT y paga las cotizaciones dentro de los diez primeros días del mes siguiente a aquel en que se retuvieron.


Decreto Ley 3.500 : Cuerpo legal vigente desde 1981, que estableció un nuevo régimen de pensiones financiado por la cuenta de capitalización individual, que a su vez es administrado por las Administradoras de Fondos de Pensiones o AFP.


Dependientes : Son los afiliados que trabajan para un o más empleadores con los cuales mantienen un contrato de trabajo, debiendo estos últimos descontar de las remuneraciones de sus trabajadores las cotizaciones previsionales y pagarlas en la AFP.


Depósitos Convenidos : Son aportes en dinero, que ejecuta el empleador, en beneficio de un trabajador para aumentar el saldo de su cuenta de capitalización individual sin un tope específico.


Derecho a pensión : Beneficio para el afiliado o beneficiario que cuenta con los requisitos establecidos por la ley para obtener una pensión (ya sea de vejez, vejez anticipada, invalidez o sobrevivencia).


Desafiliación : Es un acto excepcional por el cual un afiliado al Nuevo Sistema, que cumple los requisitos estipulados puede volver al Antiguo Sistema Previsional, con el fin de pensionarse de acuerdo a los requisitos y normas que en él se establecen.


Desahucio : Beneficio pecuniario entregado por el antiguo sistema previsional a los trabajadores dependientes.


Descuentos previsionales : Son los montos en pesos que el empleador debe descontar de la remuneración imponible del trabajador como cotizaciones obligatorias: 10% de la Remuneración Imponible para su Cuenta de Capitalización Individual en la AFP más un porcentaje adicional, determinado por cada AFP para su financiamiento, que incluye el pago de la prima del Seguro de Invalidez y Sobrevivencia. Y un 7% obligatorio para las prestaciones de salud, que se cancelan en FONASA o en la ISAPRE, según proceda.


Devengamiento / Devengar : Es adquirir derecho a un pago o retribución, ya sea éste una remuneración, pensión, cotización, interés u otra prestación.


Diversificación : Es no poner todos los huevos en una sola canasta, esto quiere decir, invertir tu dinero ahorrado en distintos productos/multifondos para disminuir el riesgo de obtener pérdidas.

Última actualización: 29/01/2019