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APV: Ahorro Previsional Voluntario

​​​​​​​​​​​​​​​​​​​¿Qué beneficios tiene el APV?​​

​​La Ley Nº 19.768 incluyó cambios importantes al inst​​rumento de Ahorro Previsional Voluntario, los que favorecen a los afiliados a las AFP, quienes podrán gozar de los siguientes beneficios:
 

• Optar a pensiones superiores.

•​ Adelantar la edad de pensión.

• Beneficios tributarios.

• Liquidez del ahorro previsional voluntario, ya que se pueden retirar tanto como trabajador activo o como trabajador pensionado. 

​• Amplía las alternativas de inversión para las cotizaciones voluntarias y los Depósitos Convenidos. ​

​• Permite efectuar depósitos de ahorro previsional voluntario en Instituciones Autorizadas distintas a las AFP.  ​

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Con la vigencia de esta Ley, pueden efectuar Ahorro Previsional Voluntario los trabajadores dependientes, independientes y los imponentes de alguno de los regímenes previsionales administrados por el Instituto de Previsional Social (IPS).​

Respecto de los imponentes del IPS, el ahorro en cotizaciones voluntarias, Depósitos Convenidos y depósitos de ahorro previsional voluntario, no altera en modo alguno las normas que regulan el régimen previsional al que se encuentren adscritos, especialmente en orden a incrementar el monto de los beneficios previsionales.


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Última actualización: 08/10/2015