¿Cómo se calcula el Bono de Reconocimiento?
En general, existen 3 alternativas de cálculo, que consideran lo siguiente:
• 880% de las 12 remuneraciones imponibles más próximas al 30 de junio de 1979, incluido junio.
• Cuando, no cumpliendo con el requisito anterior, el afiliado registra al menos una cotización en alguna Caja de Previsión, desde julio de 1979 hasta la fecha de opción por el Nuevo Sistema.
• Las 60 remuneraciones imponibles entre junio de 1974 y mayo de 1979.
La alternativa generalmente utilizada es la descrita en el primer punto. Adicionalmente, se considera el sexo del afiliado, la edad y el total de años cotizados en el Antiguo Sistema. A su vez, para todas las alternativas de cálculo existentes, la actualización de las remuneraciones imponibles del afiliado se hace en base a la variación del IPC.
El afiliado que opte por la alternativa descrita en el tercer punto deberá acreditar a satisfacción de su última Caja de Previsión, la efectividad de las remuneraciones obtenidas y de las cotizaciones efectuadas.